DEBIDO PROCESO EXIGIBLE Régimen de libre nombramiento y remoción

No obstante, al tratarse de un servidor judicial que no pertenece al régimen de Carrera Judicial, como sucede en este caso, el contenido exigible del debido proceso no se equipara al de un procedimiento disciplinario sancionador, puesto que no se está juzgando ni sancionando una falta en ese marco.

En estos casos, el estándar se satisface, de manera general, con la debida notificación del acto y el acceso a los mecanismos de impugnación y control jurisdiccional, sin que sea indispensable para la validez del acto, un procedimiento previo de investigación disciplinaria.

Sentencia de 9 de febrero de 2026. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción DDHM c Juzgado Municipal Mixto del Distrito de San Carlos.

Texto del Fallo