La aclaración de sentencia no conlleva el cambio o la reforma de la parte motiva de la decisión adoptada, sino únicamente recae sobre la decisión final o de fondo, en lo relativo a los frutos, intereses, daños y perjuicios y costas, pudiéndose esta sección ser completamentada, modificada o aclararse, tal como lo dispone el artículo 999 del Código Judicial.

Auto de 13 de mayo de 2022. Aclaración de Sentencia A.S.F.G. c Sentencia de 21 de diciembre de 2021 de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

Texto del Fallo

Cabe reitera, que de forma consistente se ha establecido que la Solicitud de Aclaración de Sentencia no puede ser entendida como una instancia adicional, en la cual puedan debatirse las motivaciones de las resoluciones, puntos en desacuerdo con las mismas o las razones por las cuales se tomó la decisión cuya disconformidad se alega.

Sentencia de 28 de junio de 2021. Incidente de Nulidad Minera Panamá, S.A c Ley 9 de 1997.

Texto del Fallo

No es una instancia más dentro del proceso

 

La solicitud de aclaración de sentencia es un remedio que la ley concede a la situación jurídica que se produce cuando la resolución judicial emitida contenga puntos oscuros en su parte resolutiva (artículo 40 Ley 33 de 1946), situación que no se presente en este caso, y no procede en ella ponderar elementos de juicio que ya fueron analizados al momento de emitir un fallo. La aclaración de sentencia no es una instancia más dentro del proceso, por lo que el escrito interpuesto debe ceñirse a la finalidad del artículo 40 de la Ley 33 de 1946 le otorga.

Auto de 26 de marzo de 1993. Caso: Petición de interpretación propuesta por la Caja de Seguro Social sobre la validez jurídica del acto administrativo contenido en la nota N.° D.G.-N-062 de 11 de mayo de 1992, suscrita por el Director de la Caja de Seguro Social y Dirigida al Ministro de Educación.

Texto de Fallo

No procede ponderar elementos que ya fueron analizados

 

La solicitud de aclaración de sentencia es un remedio que la ley concede a la situación jurídica que se produce cuando la resolución judicial emitida contenga puntos oscuros en su parte resolutiva (artículo 40 de la Ley 33 de 1946), situación que no se presenta en este caso, y no procede en ella ponderar elementos de juicio que ya fueron analizados al momento de emitir un fallo. La aclaración de sentencia no es una instancia más dentro del proceso, por lo que el escrito interpuesto debe ceñirse a la finalidad que el artículo 40 de la Ley 33 de 1946 le otorga. 

Auto de 16 de agosto de 1993. Caso: Nelson Novarro Cerrud c/ Facultad de Odontología de la Universidad de Panamá.

Texto del fallo