CARRERA DE INTELIGENCIA

Gozan de estabilidad los funcionarios que estén amparados por ese régimen especial

 

La parte actora ha logrado acreditar de conformidad con el artículo 43, haber obtenido la estabilidad por medio del régimen especial de antigüedad en el cargo. Ya que ingreso a la institución con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Ley N.° 9 de 2008, ocupando un cargo en la Secretaria Ejecutiva, lo que implica que se configura el supuesto del régimen especial.

Por consiguiente, la funcionaria demandante, en atención a su estatus de servidora de carrera de inteligencia por disposición especial, gozaba del derecho a la estabilidad en el cargo, lo que implicaba que para poder aplicar la sanción de destitución, debía seguirse un proceso disciplinario  o que el actor hubiera sido condenado mediante sentencia judicial ejecutoriada por la comisión de un delito doloso que conllevara pena de prisión, causales establecidas en el artículo 46 del Decreto Ley N.° 9 de 2008…

Sentencia de 5 de mayo de 2015. Caso: Laura Hernández c/ Ministerio de la Presidencia. Registro Judicial, mayo de 2015, p. 537.

Texto de fallo