Se puede definir la estabilidad laboral de un servidor públicos, como la inamovilidad del cargo de la que goza un funcionario, en la que se garantice que no puede ser removido de su puesto de trabajo discrecionalmente, salvo que medie una causa justificada o previa instauración de un Procedimiento Disciplinario.

Sentencia de 5 de enero de 2023. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción C.A.V.R. c Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.

Texto del Fallo

En su sentido más amplio, tenemos que la Prima de Antigüedad se constituye como una retribución, independiente a la remuneración, a la que tiene derecho el servidor por el desgaste de energías experimentado anualmente, la cual no es pagada al término de cada año, sino al final de la terminación de la relación laboral y cuya cuantía se determina en función al monto del sueldo percibido y al tiempo de servicio del trabajador.

Sentencia de 7 de julio de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción E.M.G.S. c Universidad de Panamá.

Texto del Fallo

En la Administración Pública, son varios los mecanismos bajo los cuales un servidor público puede obtener estabilidad laboral, ya sea porque:

  • Son funcionarios de Carrera Administrativa o demás Carreras Públicas consagradas en la Constitución, lo cual implica que su ingreso al cargo está supeditado al cumplimiento del procedimiento y requisitos especiales previstos en la Ley;
  • O bien por los casos en que el propio ordenamiento jurídico así lo dispone; es decir, aquellos en los que la Ley reconoce un régimen de estabilidad especial u otorga una protección laboral producto de una condición inherente al servidor público, que haya sido acreditada, como lo son, por ejemplo, los fueros por enfermedad, por discapacidad, sindical, gravidez, próximo a jubilación, ente otros.

Sentencia de 14 de junio de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción C.M.S.C. c Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.

Texto del Fallo

De conformidad con el criterio jurisprudencial mantenido por esta Sala, todo aquel servidor público cuyo ingreso no haya sido el resultado de un concurso de méritos, o que no compruebe la concurrencia de alguna protección laboral o fuero, están bajo el ámbito de discrecionalidad inherente a la autoridad nominadora.

Sentencia de 27 de mayo de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción R.M.G.O. c Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Texto del Fallo

El hoy Accionante fue desvinculado del cargo de Director de Biomédica; posición que, dentro de la estructura de clasificación de puestos de la Entidad y en virtud de las atribuciones y deberes inherentes al mismo, es de confianza. Al respecto, resulta precedente señalar que lo que determina a un servidor público como de confianza, y por lo tanto de libre nombramiento y remoción, o con estabilidad, es la naturaleza de las funciones que desempeña en la institución.

Sentencia de 03 de diciembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción A.S.R. c Caja de Seguro Social.

Texto del Fallo