Debe aportarse la certificación del Registro Público que acredite la personería
En este punto observa la suscrita, que la personería jurídica de la sociedad AMERICA FOOD INSDUSTRIES CORP. no ha sido acreditada, como procede en estos casos, con la certificación del Registro Público que deje constancia de su existencia, y de quien ostenta su Representante Legal.
Autos de 24 de agosto de 2000. Caso: America Food Industries Corp. c/ Administración Nacional de Ambiente.