Término de prescripción
Sobre el particular, resulta oportuno precisar que el termino de prescripción para reclamar al Estado indemnizaciones por actos u omisiones ejercidos por funcionarios en ejercicio de sus funciones o en casos de deficiente prestación de los servicios públicos, está supeditado a lo dispuesto en el artículo 1706 del Código Civil, el cual establece que el termino de prescripción se produce transcurrido un año a partir en que el sujeto tuvo conocimiento del daño causado por el Estado.
Auto de 24 de febrero de 2012. Caso: Yaneth Valderrama c/ Instituto de Mercadeo Agropecuario (Estado panameño).