VÍA GUBERNATIVA Agotamiento

En efecto, como se ha podido constatar de la piezas procesales, la parte interesada no hizo uso de su derecho de interponer los recursos de reconsideración y apelación en forma oportuna, por lo cual no se agotó de manera efectiva la vía gubernativa, que, como se señaló previamente, es requisito fundamental para que esta Sala pueda entrar a conocer de la demanda incoada.

Auto de 27 de junio de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción C.C.J. c Policía Nacional.

Texto del Fallo