Definición

Con respecto al vocablo ente regulador, que nos hemos referido en líneas anteriores, el autor Roberto Dromi lo define en los siguientes términos:

“La expresión “ente regulador” nos remite a las funciones que el órgano cumple. Entonces, los entes reguladores (o agencias de regulación) tienen el poder para reglamentar, dictar normas, tratándose en cada caso del legislador administrativo del servicio, del sujeto de aplicación de la policía del servicio. Regular es una de las formas que asume el control, porque estos entes reguladores son los que se ocupan del control de las prestaciones de los servicios en particular.” (DROMI, Roberto. “Derecho Administrativo”. 12ª Edición. Año 2009. Página 923).

Sentencia de 3 de julio de 2017. Proceso: Plena jurisdicción. Caso: Claro Panamá, S.A. c/ Autoridad Nacional de los Servicios Públicos. Acto impugnado: Resolución AN 6887-CS de 3 de diciembre de 2013. Magistrado ponente: Abel Agusto Zamorano.

Texto del fallo