La aclaración de sentencia únicamente puede solicitarse sobre los puntos oscuros o de doble sentido de la parte resolutiva de la sentencia, por lo que no puede esta Corporación de Justicia entrar a explicar aclarar aquellos aspectos que han sido abordados o descritos dentro de la parte o sección motiva de la sentencia.

Únicamente, cabría la aclaración de sentencia en el caso que existan dudas o frases oscuras que no permitan fácilmente entender el contenido de la parte resolutiva de una resolución o sentencia, o que la incertidumbre se circunscriba como consecuencia de errores aritméticos o de escritura o de cita, frutos, intereses, daños y perjuicios y costas relativas a la materia del proceso judicial, circunstancia esta que no se evidencia en la sección resolutiva del fallo.

Auto de 5 de julio de 2022. Solicitud de aclaración de sentencia contra la sentencia de 9 de marzo de 2022.

Texto del Fallo

La aclaración de sentencia podrá darse únicamente sobre las frases oscuras  o de doble sentido, pero en la parte resolutiva, y dentro del término de tres (3) días posteriores a la notificación de la resolución.

Auto de 13 de mayo de 2022. Aclaración de Sentencia A.S.F.G. c Sentencia de 21 de diciembre de 2021 de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

Texto del Fallo

La aclaración de sentencia no conlleva el cambio o la reforma de la parte motiva de la decisión adoptada, sino únicamente recae sobre la decisión final o de fondo, en lo relativo a los frutos, intereses, daños y perjuicios y costas, pudiéndose esta sección ser completamentada, modificada o aclararse, tal como lo dispone el artículo 999 del Código Judicial.

Auto de 13 de mayo de 2022. Aclaración de Sentencia A.S.F.G. c Sentencia de 21 de diciembre de 2021 de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

Texto del Fallo

Cabe reitera, que de forma consistente se ha establecido que la Solicitud de Aclaración de Sentencia no puede ser entendida como una instancia adicional, en la cual puedan debatirse las motivaciones de las resoluciones, puntos en desacuerdo con las mismas o las razones por las cuales se tomó la decisión cuya disconformidad se alega.

Sentencia de 28 de junio de 2021. Incidente de Nulidad Minera Panamá, S.A c Ley 9 de 1997.

Texto del Fallo