Definición
La Sala tercera ha expuesto en diversas ocasiones que un acto definitivo es “aquel que pone fin a la actuación administrativa, que decide el fondo de un asunto, modificando o extinguiendo una situación jurídica.
Auto de 29 de abril de 2016. Caso: Alexis R. Zuleta –vs- Dirección General de Contrataciones Públicas.