Igualmente la Corte quiere observar que consta en el expediente administrativo la resolución de 16 de marzo de 1994 del Instituto de Seguro Agropecuario mediante la cual se le aceptó la renuncia por retiro voluntario al señor EFRAÍN STAFF SÁNCHEZ, por lo que desde ese momento dejó de pertenecer a la institución. El posterior despido que se le hizo y el pago de salarios mientras continuó trabajando, fue un error administrativo del Instituto de Seguro Agropecuario. La indemnización que se le reconoció en dicha resolución por el retiro voluntario y no se le canceló, es un problema aparte que debe resolver por las vías que correspondan el afectado. La jurisprudencia de la Corte es clara que la relación de trabajo concluye con la aceptación de la renuncia del funcionario.
Sentencia de 26 de agosto de 1996. Caso: Efraín Staff Sánchez c/ Instituto de Seguro Agropecuario. Registro Judicial, agosto de 1996, p. 359.