Persona que se forma en una disciplina de la salud que requiere de un mínimo de dos años de estudios superiores en universidades oficiales, privadas o entidades docentes formadoras de dichas carreras técnicas de conformidad con la ley.
Artículo 3, numeral 10, Ley 43 de 21 de julio de 2004
Persona que se forma en una disciplina que requiere de un mínimo de dos años de estudios superiores en universidades oficiales, particulares o entidades docentes formadoras de dichas carreras técnicas de conformidad con la ley.
Artículo 5, numeral 19, Ley 389 de 13 de julio de 2023.