En las demandas de nulidad procede la suspensión del acto administrativo acusado, no solo para evitar perjuicios económicos, sino, y, sobre todo, cuando el acto impugnado puede inferir una lesión a la integridad del ordenamiento legal, lo que puede ocurrir cuando el acto demandado es manifiestamente incompatible con una noma de superior jerarquía legal.
Auto de 1 de febrero de 2023. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad E.C. c Ministerio de Economía y Finanzas.