DERECHO ADQUIRIDO

Concepto

 

La doctrina resume el concepto de derecho adquirido, en los siguientes términos:

“… es aquel respecto del cual se han satisfecho todos los requisitos exigidos por la ley en vigencia para determinar su adquisición y consiguiente incorporación al patrimonio del adquirente. Este concepto se refiere a la existencia y unidad conceptual del derecho; no se extiende, en cambio, a su contenido de poderes o facultades, o al modo de ejercicio de éstos, salvo que el ejercicio de alguna de ellas se haya convertido en un derecho concreto”. (Dr. Roberto A. Rovere, Enciclopedia Jurídica Omeba, Buenos Aires, Argentina, 1982, página 285).

Sentencia de 7 de junio de 1993. Caso: Merz + Co. GMBH & Co. c/ Ministerio de Comercio e Industrias.

Texto del fallo