POTESTAD REGLAMENTARIA En qué consiste

La jurisprudencia ha indicado que el ejercicio de la Potestad Reglamentaria se justifica en el la necesidad de auxiliar el alcance regulatorio de la Ley formal y en la autonomía de que gozan las entidades públicas autónomas, más solo puede ser ejercida en el marco específico de los servicios y prestaciones que brindan.

Sentencia de 27 de mayo de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad D.E.C.G. c Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.

Texto del Fallo