CUOTAS DEL SEGURO SOCIAL Obligación del empleador

Del contenido del artículo 90 de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, se infiere, sin lugar a dudas, que es obligación del empleador  deducir la cuota del seguro social al momento de pagar el salario de sus empleados y entregar los montos retenidos a la Caja de Seguro. Asimismo, el párrafo segundo de la norma citada dispone que ante el incumplimiento de la obligación por parte del empleador, responderá este con el pago  de sus cuotas, así como las del empleado que no fueron entregadas oportunamente a la Caja de Seguro Social.

Sentencia de 03 de diciembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción A.A.C.D. c Autoridad del Canal de Panamá.

Texto del Fallo