Es importante concluir señalando que la acción de nulidad se encuentra reservada para la impugnación de actos administrativos con efectos generales, en vías de lograr la protección del orden jurídico abstracto, y no para situaciones como la planteada, en que más que una sentencia de tipo declarativa, el actor pretende o busca la consecución de sus intereses subjetivos.
Auto de 24 de noviembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad D.E.G.G. c Lotería Nacional de Beneficencia.