Doctrinalmente, la postura de una estricta tipicidad no es aplicable en el derecho sancionador general, ya que sería materialmente imposible hacer en todos los casos una determinación normativa, absolutamente precisa de todas las conductas sancionables, dada le misma generalidad de mandatos normativos, por lo que habría que exigir que las normas sancionadoras garanticen no una certeza absoluta, sino una predicción razonable de las consecuencias jurídicas de la conducta cometida por el infractor de la norma. Esto quiere decir que la tipicidad tiene como marco los principios de juridicidad, verdad material, proporcionalidad y debido proceso.

Sentencia de 19 de agosto de 2025. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste, S.A. c Autoridad Nacional de los Servicios Públicos. 18409.

Texto del Fallo

El Mercado Eléctrico es un espacio donde se realizan transacciones comerciales de corto, mediano y largo plazo entre los participantes del sistema, para la compra-venta de energía y/o potencia.

Al igual como ocurre con otros casos, el mercado eléctrico funciona nivelando la oferta con la demanda; sin embargo, el mismo cuenta con una particularidad, la cual radica en la imposibilidad de almacenar inventarios de energía para ser vendidos más adelante, debiendo por tanto, contar el sistema, con la suficiente solvencia para poder satisfacer, en todo momento, los requerimientos energéticos de sus usuarios.

Sentencia de 21 de diciembre de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción La Mina Hydro Power Corp. c Autoridad Nacional de los Servicios Públicos.

Texto del Fallo