La solicitud de viabilidad jurídica es un mecanismo exclusivo para que la Contraloría General de la República someta a criterio de la Sala Tercera, si es dable el refrendo sobre alguna orden de pago o acto administrativo que afecte un patrimonio público.

Sentencia de 22 de agosto de 2022. Solicitud de Viabilidad Jurídica Contraloría General de la República c Patronato de la Cinta Costera.

Texto del Fallo

Con base en lo expuesto, podemos concluir que la solicitud de aclaración de sentencia es un remedio que la Ley concede a una situación jurídica que se presenta cuando una resolución judicial contiene puntos oscuros o bien leves errores, en su parte resolutiva, que amerita su rectificación o aclaración; es decir que, no constituye otra instancia más del proceso en la cual puedan debatirse las motivaciones de la resolución, o las razones por las cuales se negaron las pretensiones del demandante, puesto que no es ésta la naturaleza jurídica de dicha institución.

Sentencia de 26 de julio de 2022. Aclaración de Sentencia de 10 de junio de 2022 A.R.T.G. c Banco Nacional de Panamá.

Texto del Fallo

El principio de legalidad tributaria no sólo implica que el establecimiento de tributos y su forma de cobranza debe provenir de una ley formal, sino que todos los elementos de la obligación tributaria, entiéndase, hecho generador, base imponible, sujetos obligados y tarifa tiene que estar determinados exclusivamente por la ley, y en el caso, de los Municipios mediante Acuerdo Municipal.

Sentencia de 25 de agosto de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad A.A.C. c Concejo Municipal del Distrito de Arraiján.

Texto del Fallo

Podemos concluir que el ascenso de M.B.R., del rango de Comisionado, no cumple con el mínimo de años de antigüedad en el servicio como oficial, ni con el mínimo de años de antigüedad en el grado inmediatamente anterior (Subcomisionado).

Con esta contravención de requisitos para el ascenso del funcionario, se comprueban los cargos de ilegalidad atribuidos al Decreto Personal No. 362 de 6 de diciembre de 2016, en lo concerniente a los artículo 77, 78 y 79 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, y a los artículos 395, 396, 397, 399 y 402 del Decreto Ejecutivo 172 de 1999, así como también el Capítulo VII del Manual de Ascensos de la Policía Nacional, publicado en la Orden General No. 136 de 18 de julio de 2007, al no haberse acreditado la antigüedad correspondiente, siendo esto esencial para el otorgamiento de un ascenso a los miembros de la Policía Nacional.

Sentencia de 24 de agosto de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad J.L.R.G. c Ministerio de Seguridad Pública.

Texto del Fallo

De acuerdo al artículo 45-A de la Ley 42 de 1999, se desprende con claridad que el fuero de discapacidad busca restringir la facultad discrecional de la autoridad nominadora; es decir, que la autoridad no puede desvincular a un servidor público con discapacidad que se encuentre en la planilla laboral permanente de la institución, una vez que hayan aprobado el período probatorio, sin una causal establecida en la ley.

En ese sentido, este Tribunal Colegiado es del criterio que la Administración fundamentó su decisión de no renovar el contrato a la señora K.N.H.L., basado en que su ingreso a la institución fue mediante un contrato; y no mediante un concurso de méritos, por lo consiguiente, no se encuentra amparada en ningún régimen de carrera administrativa que limitase la facultad discrecional de la autoridad nominadora.

Por tanto, es legal la decisión administrativa de no renovarle el contrato a la señora K.N.H.L., porque su nombramiento es transitorio y de acuerdo con las Normas Generales de Administración Presupuestaria este es un puesto público temporal, posición en la estructura de personal del Estado para cumplir programas o actividades que tienen una duración de hasta 12 meses.

Sentencia de 16 de agosto de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción K.N.H.L. c Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU).

Texto del Fallo