En aras de preservar la integridad de una prueba documental tan fundamental como lo es el expediente que contiene el procedimiento administrativo que se surte en determinada entidad pública, instamos al Ministerio de Seguridad Pública para que adopte las medidas que sean necesarias, a fin de que sus actos y, en consecuencia, sus expedientes, sean los más claros y ordenados posible, no solo como una garantía que tiene el administrado, sino también de la propia entidad pública, dado que ello le permitirá demostrar que sus actuaciones han estado ceñidas a Derecho, y contribuir a que pueda verificarse con mayor certeza cuál es el escenario que tiene al emitir sus propias decisiones.

Sentencia de 7 de julio de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción R.F.M. c Ministerio de Seguridad Pública.

Texto del Fallo

Esta Corporación de Justicia se ha pronunciado indicando que esta omisión-lectura al declarante de la normativa que trata sobre el delito de falso testimonio-por parte de quien recibe la prueba testimonial no ivalida su valor probatorio, puesto que ello constituye exclusivamente una responsabilidad para quien testifica faltando a la verdad. La Sala Tercera ha expresado que tomando en consideración que el testimonio se presta ante la Autoridad competente, ésta presume que el testigo responde en honor a la verdad, lo que queda debidamente documentado por medio de un Acta Pública justamente refrendada por los participantes en dicha prueba, por lo cual goza de legitimidad.

Sentencia de 27 de mayo de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción J.A.O.D. c Ministerio de Cultura.

Texto del Fallo

Al respecto, debemos indicar que la prueba pericial, tiene como finalidad que un perito idóneo, rinda un dictamen, en el que exprese sus consideraciones en cuanto al negocio jurídico en debate, sin embargo, su comparecencia a la práctica de una diligencia pericial tiene como fin, que los peritos indistintamente de los Sujetos Procesales puedan aportar información adecuada, precisa, aclaratoria, para que el Tribunal pueda resolver, satisfactoriamente la causa en estudio.

Sentencia de 30 de diciembre de 2021. Liquidación de Condena en Abstracto M.Y.C.P. c sentencia de 2 de febrero de 2017.

Texto del Fallo

Cabe indicar que la Sala sobre la importancia de los peritos ha señalado lo siguiente: “más allá de que en la práctica se consideren auxiliares de la parte que los designa, de acuerdo a nuestra Legislación son verdaderos auxiliares del Tribunal, y es el juzgador quien se beneficia al contar con los conocimientos técnicos y científicos que los expertos aportan al proceso, para facilitar una mejor apreciación y entendimiento de los hechos controvertidos.” (Resolución de 17 de abril de 2006).

Sentencia de 03 de diciembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Consorcio MEC SHIPYARD c Autoridad Marítima de Panamá.

Texto del Fallo

Dictámenes periciales

A los dictámenes periciales se les debe otorgar fe probatoria respecto a los puntos en discusión, si cumplen con las exigencias legales previstas. Le corresponde por tanto al tribunal, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, asignarles el debido valor a los dictámenes de cada perito, tomando en consideración su competencia; que se encuentren sustentados en principios científicos; guarden relación con los elementos de convicción que consten en autos, y la uniformidad de sus opiniones.

Sentencia de 16 de junio de 2017. Plena Jurisdicción. Sociedad DAMASA, S.A. contra la Resolución DINAI N° 065-2015 de 15 de enero de 2015, emitida por el Subdirector Nacional de Ingresos de la Caja de Seguro Social

Texto del Fallo