Somos del criterio que las entidades públicas, al momento de tomar decisiones sobre el personal, específicamente en materia de destituciones, debe considerar la antigüedad de los servidores públicos, que durante décadas han prestado sus servicios con altos niveles de eficiencia, eficacia, pertinencia y excelencia.
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Es oportuno, hacer un llamado de atención a quienes tutelan la administración pública, en el sentido de considerar la labor de aquellos funcionarios que sin ser de carrera, ostentan una impecable hoja de servicios.
Sentencia de 21 de enero de 2015. Caso: Venancio Acosta Samudio c/ Ministerio de Economía y Finanzas. Registro Judicial, enero de 2015, p. 1003.