Aplicación preferente de la norma que regula específicamente la materia

 

Esta Sala estima que el Reglamento de Carrera de Instrucción Judicial constituye una norma de carácter especial y de aplicación preferente a los funcionarios del Ministerio Público, ya que regula de manera específica las sanciones disciplinarias que pueden imponérseles a dichos funcionarios. Por tal motivo, se descartan las infracciones a las normas contenidas en el libelo de la demanda.

Sentencia de 27 de abril de 2010. Caso: Lourdes Cedeño de Herrera c/ Fiscales Superiores del Primer Circuito Judicial de Panamá.

Texto de fallo

Exigencia de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas

 

Sin perjuicio de lo expuesto en este fallo, esta Sala no puede pasar por alto el hacer un llamado a todas las entidades públicas sin distinto alguno, para que den obligatorio cumplimiento al deber de motivar las resoluciones o actos administrativos que profieran; pues, en este caso, del acto administrativo que nos ocupa, se desprende claramente que esa tan elemental motivación de hecho y de derecho que se debió  hacer lamentablemente no se efectuó.

Esta corporación de justicia ha señalado en vastas jurisprudencia que es esencial que las entidades estatales o de servicio público motiven sus actos, es decir que expliquen las razones que les lleva a expedir un acto administrativo, máxime cuando se trata de destituciones.

Sentencia de 27 de abril de 2010. Caso: Yolanda de Rodríguez c/ Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

Texto de fallo

Deducción obligatoria de energía eléctrica

 

En cuanto al argumento de que los Contratos Iniciales no tiene prevista la posibilidad de que se deduzca de la energía total requerida por una compradora, aquella energía suministrada por la misma compradora con sus propias plantas de generación, ni la energía que requieran a través de los mismos puntos de entrega los Grandes clientes conectados al sistema de una empresa compradora, coincidimos con la autoridad reguladora en que no era necesario que dichos contratos iniciales y segundo, porque dicho descuento surge obligatoriamente de las Reglas del Mercado Mayorista de Electricidad que no pueden ser violadas por ningún contrato, y son de forzosa aplicación por el CND debido a sus propias funciones de liquidación y administración de los distintos contratos.

Sentencia de 10 de febrero de 2010. Caso: Sociedad Anónima Bahía Las Minas Corp.  c/ Ente Regulador de los Servicios Públicos.

Texto de fallo

Actos que confieren un derecho de exclusividad

 

Así los hechos, claramente evidencia que al existir un derecho subjetivo conferido por un acto administrativo, como lo fue el acto por el cual se concedió el Certificado de Operación para la prestación del servicio del transporte terrestre en la ruta Vacamonte-Panamá en la Provincia de Panamá, a la sociedad ECONO-LEASING, S.A ( hoy ECONO-FINANZAS, S.A.) en el año 1998, mediante la Resolución N.° 004296 de 24 de septiembre de 1998, el administrado adquiere un derecho que crea una situación de exclusividad que podrá oponer contra la Administración cuando se exceda en sus facultades.

Debe, pues, la administración recurrir a la vía jurisdiccional ordinaria, a fin de anular sus propios actos que confieren esos derechos.

Sentencia de 27 de abril de 2010. Caso: Econo-Finanzas, S.A c/ Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.

Texto de fallo

Principio de legalidad

 

De la norma transcrita se evidencia plenamente, que todo proceso administrativo y sus consecuentes fases ante el ente primario y el superior, en el caso de la segunda instancia, deberán, en todo caso, apegarse al principio de estricta legalidad; es decir, que en el curso de todo proceso ventilado en la esfera administrativa, la propia legislación regulatoria de dicha materia tiene contemplado como un principio universal, el acogimiento a los procedimientos legales existentes de una bien planteada legalidad de los actos definidos por autoridad competente para cada caso. En otras palabras, al dilucidar cualquier tipo de proceso la autoridad encargada de velar por su tramitación, siempre ha de estar aparejada en sus actos al principio de legalidad.

Sentencia de 29 de abril de 2010. Caso: Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A. c/ Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.

Texto de fallo