Se observa que la Ley 59/2005 reconoce y considera como enfermedad crónica la hipertensión arterial y la diabetes mellitus y se puede considerar como una enfermedad degenerativa, la artrosis de rodilla, dado los elementos de desgaste y deterioro progresivo que caracterizan a esta última enfermedad y que se han presentado como padecimientos de la señora D.G.D.B.
De conformidad con la Ley 59/2005, modificada mediante la Ley 25/2018 para acreditar la existencia de una enfermedad crónica, involutiva y/o degenerativa e insuficiencia renal crónica que genere una discapacidad laboral.
De la disposición previamente transcrita se infiere que todo accionante que manifieste padecer de una enfermedad crónica, involutiva y/o degenerativa así como de insuficiencia renal crónica deberá acreditar su padecimiento a través de certificaciones médicas, ya sea expedidas por la Comisión Interdisciplinaria o a través del dictamen de dos (2) médicos distintos o diferentes idóneos en la enfermedad tratante que arriben a la misma consideración de la enfermedad crónica, involutiva y/o degenerativa que padece el reclamante.
Sentencia de 19 de enero de 2024. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción D.G.B. c Ministerio de Educación.