Con arreglo a lo anterior, la Ley N.° 56 de 27 de diciembre de 1995 define en su artículo 3, ordinal 13, el concepto de fianza de propuesta:
“Artículo 3. Definiciones.
Para los fines de la presente Ley, las expresiones y voces siguientes tendrán los significados que en cada caso se consignan.
…
Fianza de propuesta. Garantía precontractual presentada por los participantes de un acto de selección de contratista o beneficiario de una excepción de acto público, con la finalidad de garantizar la celebración del contrato, así como el mantenimiento de la oferta durante el plazo estipulado en el pliego de cargos”.
Sentencia de 27 de febrero de 2004. Caso: Amina Bhiku de Daya, Carlos Santiago Castillo Murgas y Giselle de Lourdes Burillo de Calcagno c/ Autoridad de la Región Interoceánica.