De la revisión integral del acto impugnado, debemos concluir que la misma estuvo debidamente motivada, pues contiene los siguientes supuestos: 1) se hace una breve relación sobre los hechos que dieron lugar a que la funcionaria se encontrará privada de los derechos que otorga el régimen de Carrera en el Ministerio de Seguridad Pública; 2) se hace una explicación jurídica acerca de la facultad que dispone la autoridad para ejercer la potestad discrecional; y 3) se señalan los motivos fácticos-jurídicos que apoyan la decisión y los recursos que tenía a su alcance la funcionaria para impugnar la decisión de la entidad que emitió el acto hoy atacado de ilegal.

Sentencia de 29 de diciembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Y.A.S. c Ministerio de Seguridad Pública.

Texto del Fallo

En qué consiste

Sobre el particular,  considera la Sala, que es la motivación de un acto lo que permite que el mismo pueda ser valorado y criticado, y en ese sentido, el funcionario que lo emite debe fundamentar su decisión situación que permite facilitar el control jurisdiccional, constituyéndose esto en un postulado del debido proceso.

Sentencia de 9 de julio de 2020. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de  Plena Jurisdicción interpuesta por John Almillátegui Racey contra Resolución 002 de 6 de enero de 2017, emitida por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras.

Texto del Fallo

Concepto

De lo expuesto se advierte que el contenido de la motivación se refiere principalmente los fundamentos de hecho y de derecho que justifican la emisión del acto administrativo, no resultando admisible el simple señalamiento de las normas legales aplicables, sino que debe ser lo suficientemente explicita y con un análisis de la situación que permitan que el acto se baste a sí mismo; habrá de ser lo suficientemente claro, y que incluso justifique el contenido u objeto de la decisión.

Sentencia de 12 de diciembre de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. contra Autoridad Nacional de los Servicios Públicos.

Texto del Fallo

Motivación del Acto

Resumido el recorrido procesal de la presente causa, revisado y analizado el caudal probatorio aportado por las partes, esta Corporación de Justicia considera que el acto impugnado, ha desatendido la garantía de la motivación del acto administrativo, infringiéndose así el debido proceso administrativo. Esto es así en virtud de que la actuación de la autoridad demandada carece de toda explicación o razonamiento, pues: 1) omite hacer una explicación jurídica acerca de la facultad que dispone la autoridad para ejercer la potestad discrecional en caso de oportunidad y conveniencia; y 2) obvia señalar los motivos facticos-jurídicos que apoyan la decisión.

Sentencia de 17 de julio de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Erick Edwin Pittí Saldaña contra Ministerio de Salud.

Texto del Fallo

Motivación

Al respecto, Fernando Garrido Falla nos dice que por motivación del acto administrativo debe entenderse la exposición de las razones que han conducido a la Administración a tomar el acuerdo en que el acto consiste; lo que, como hemos visto, fue satisfecho en este caso por la entidad pública demandada (GARIDO FALLA, Fernando. Tratado de Derecho Administrativo, V.I., 13era, España, Editorial Tecnos, Grupo Anaya, S.A., 2002).

Sentencia de 17 de junio de 2019. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Jeremías Núñez contra Procuraduría de la Administración.

 Texto del Fallo