Con respecto al perjuicio notoriamente grave, es importante no perder de vista que la irreparabilidad del daño a evitar con la medida cautelar, y en este caso, el cambio de uso de suelo no se limita a este mero hecho, sino que como consecuencia de este se tienen las pretensiones de los solicitantes de dicho cambio, y es la construcción de un proyecto de construcción, que implica el levantamiento de estructuras e infraestructuras, que una vez levantada, será irreparable el daño causado para los residentes del área, ya que el entorno urbano no puede volver a restaurarse a su estado original.
Auto de 26 de abril de 2010. Caso: Armati Investment S.A vs. Dirección General de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda.