Motivación del Acto

Resumido el recorrido procesal de la presente causa, revisado y analizado el caudal probatorio aportado por las partes, esta Corporación de Justicia considera que el acto impugnado, ha desatendido la garantía de la motivación del acto administrativo, infringiéndose así el debido proceso administrativo. Esto es así en virtud de que la actuación de la autoridad demandada carece de toda explicación o razonamiento, pues: 1) omite hacer una explicación jurídica acerca de la facultad que dispone la autoridad para ejercer la potestad discrecional en caso de oportunidad y conveniencia; y 2) obvia señalar los motivos facticos-jurídicos que apoyan la decisión.

Sentencia de 17 de julio de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Erick Edwin Pittí Saldaña contra Ministerio de Salud.

Texto del Fallo

Tierras Baldías y Patrimoniales

Ante esto, debemos manifestar que la Ley 37 DE 1962 (Código Agrario), divide las tierras estatales en baldías y patrimoniales (Capítulo 2°). Se dice que son tierras baldías todas las que componen el territorio de la República, con excepción de las que pertenezcan en propiedad privada a personas naturales o jurídicas. Se consideran también como baldías las tierras llamadas indultadas (artículo 24 del Código Agrario). Por su parte, el artículo 25 de la misma excerta legal, establece que son tierras patrimoniales del estado, todas aquellas adquiridas por este a cualquier título (compra, permuta, remate, reversión, donación, etc.).

Sentencia de 13 de junio de 2019. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad. Partes: Ganadera El Tecal, S.A. contra Dirección Nacional de Reforma Agraria, hoy Autoridad Nacional de Administración de Tierras.

Texto del Fallo

Sanción Disciplinaria

En este sentido, debemos señalar que la imposición de una sanción disciplinaria deriva de las infracciones de unos deberes y las obligaciones de unos deberes públicos, pues la sanción debe ser consecuencia de los cargos que en la investigación se levantaron contra el servidor público, y que sobre los cuales se podría defender o probar, por lo cual al incumplirse con una formulación de cargos limitaría el derecho de probar al acusado, como vemos ocurrió en este caso, y en efecto se violó el principio del debido proceso.

Sentencia de 31 de mayo de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Alexander Polo contra Ministerio de Comercio e Industrias.

Texto del Fallo

Tierras Revertidas

En el presente caso, es evidente que el bien o parcela de terreno sobre la cual se reclama la correspondiente adjudicación por la vía de los derechos posesorios ubicados en la zona costera de Playa Venado forma parte de las tierras revertidas que formaron parte de la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) y que en virtud de los dispuesto en la Ley 5/1993, pasaron a manos del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos quien es la que se encarga de su uso, mantenimiento, administración y conservación de dichos bienes inmuebles adquiridos producto de la celebración de los Tratados Torrijos-Carter.

Sentencia de 7 de agosto de 2019. Proceso Demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Maritza Itzel de León Gómez contra Unidad Administrativa de Bienes Revertidos.

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Procedimiento de desvinculación de un servidor público

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ha venido indicando en diversas sentencias, que para poder desvincular o dar por finalizado la relación de un servidor público que goza de CARRERA ADMINISTRATIVA con la Administración Pública, es necesario que se acredite por parte de la entidad nominadora, una investigación previa a través de un procedimiento administrativo sancionador que finalmente compruebe o acredite la destitución o desvinculación del servidor público.

En cualquier otra circunstancia distinta o diferente, la entidad nominadora no está debidamente autorizada para desvincular, destituir o dar por terminada la relación laboral previamente existente con respecto a un servidor o funcionario público que tenga la condición de estar acreditado dentro de la carrera administrativa, por estar debidamente amparado en la Ley 9/1994.

Sentencia de 18 de julio de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Bertha Pinzón Franco de Ríos contra Banco de Desarrollo Agropecuario.

                                                                                      texto del fallo