Presunción de Legalidad

El autor Rodríguez Santos expresa que la presunción de legalidad consiste en que los actos administrativos deben ser obedecidos, tanto por las autoridades como por los particulares, desde el momento en que comienza su vigencia y mientras no hayan sido anulados o suspendidos por la jurisdicción en (sic) lo contencioso administrativo. Quiere decir lo anterior que, el acto administrativo puede ser expedido viciado por alguna de las causales de nulidad pero se presume legal y conserva su vigencia hasta que no sea declarado nulo por la jurisdicción contencioso administrativa. (Rodriguez Santos, Carlos Manuel. Manual de Derecho Administrativo. Ediciones Librería del Profesional. Santa Fe de Bogotá. 1996. pág. 53).

Auto de 16 de mayo de 2016. Proceso: Plena Jurisdicción. Caso: Roger Barría c/ Junta Directiva Superior del Servicio de Protección Institucional. Acto impugnado: Resolución n° 171 de 28 de julio de 2014. Magistrado sustanciador: Abel Zamorano

Texto del Fallo

Cuándo se encuentra motivado

Se entiende que un acto administrativo se encuentra motivado en el caso en que su parte dispositiva o resolutiva establezca de forma clara, expositiva y detallada los motivos, razones o fundamentos que justifican que la Administración Pública adopte una determinada decisión en base a lo contemplado previamente en la Ley.” (Parada, Ramón. Derecho Administrativo I: Parte General, 17ava edición, España, Editorial Marcial Pons, 136-137)”

Sentencia de 26 de abril de 2016. Proceso: Plena jurisdicción. Caso: Xiomara Solis c/ Tesoro Municipal del distrito de Panamá. Acto impugnado: Decreto Personal N°073 C/14 del 12 de agosto de 2014. Magistrado sustanciador: Abel Augusto Zamorano.

Texto del Fallo

 

Motivación

Teniendo en cuenta dicha interrogante, hemos de empezar proporcionando una definición del concepto MOTIVAR, citando lo que nos expone el jurista García de Enterría cuando indica que “motivar un acto administrativo es reconducir la decisión que en el mismo se contiene una regla de derecho que autoriza tal decisión o de cuya aplicación surge. Por ello, motivar un acto obliga a fijar, en primer término, los hechos de cuya consideración se parte y a incluir tales hechos en el supuesto de una norma jurídica; y en su lugar, a razonar como tal norma jurídica impone la resolución que se adopta en la parte dispositiva del acto.”

Sentencia de 22 de junio de 2018. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste, S.A. (EDEMET), Contra la Resolución AN N° 9855-Elec de 25 de abril de 2016, proferida por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos

Texto del Fallo

Vicios del Acto Administrativo

En este sentido, la jurisprudencia y la doctrina colombianas han considerado que no toda anormalidad formal o procedimental constituye factor de irregularidad del acto administrativo. Se ha planteado, en consecuencia, la diferencia entre los llamados vicios de forma sustanciales y los accidentales. Los primeros son aquellos de magnitud, importancia, que se estructuran sobre requisitos indispensables para el resultado final del acto o sobre las garantías consagradas en defensa de los particulares en general; se agrega a lo anterior la violación de los requerimientos indicados expresamente en la ley como indispensables para la producción del acto, y cuya omisión o transgresión ocasiona la nulidad de la actuación.

Sentencia de 3 de abril de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Álvaro Fabián Miranda Orozco contra Resolución N° 2 de 2017, emitida por la Fiscalía Superior Regional de Colón y Guna Yala del Ministerio Público.

Texto del Fallo

Motivación

Al respecto, Fernando Garrido Falla nos dice que por motivación del acto administrativo debe entenderse la exposición de las razones que han conducido a la Administración a tomar el acuerdo en que el acto consiste; lo que, como hemos visto, fue satisfecho en este caso por la entidad pública demandada (GARIDO FALLA, Fernando. Tratado de Derecho Administrativo, V.I., 13era, España, Editorial Tecnos, Grupo Anaya, S.A., 2002).

Sentencia de 17 de junio de 2019. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Jeremías Núñez contra Procuraduría de la Administración.

 Texto del Fallo