Es importante concluir señalando que la acción de nulidad se encuentra reservada para la impugnación de actos administrativos con efectos  generales, en vías de lograr la protección del orden jurídico  abstracto, y no para situaciones como la planteada, en que más que una sentencia de tipo declarativa, el actor pretende o busca la consecución de sus intereses subjetivos.

Auto de 24 de noviembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad D.E.G.G. c Lotería Nacional de Beneficencia.

Texto del Fallo

 

De manera general, el Reglamento es complemento de una Ley, pero esto no siempre es así, aunque en todo momento el Reglamento debe actuar conforme al ordenamiento jurídico como un todo. De esta forma, la legitimidad constitucional de la Potestad Reglamentaria hace posible esa independencia del Reglamento respecto a la Ley.

En seguimiento de lo anterior, y como se desprende del Pronunciamiento antes citado, los Reglamentos  pueden ser de tres (3) tipos: subordinados o de ejecución de Leyes, autónomos o independientes, y de necesidad o urgencia.

Sentencia de 1 de diciembre de 2021. Demanda de Inconstitucionalidad Valle Luna Contractors, S.A. c artículo 26 del Decreto Ejecutivo 123 de 14 de agosto de 2009, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Texto del Fallo

Al referirnos a los Reglamentos de necesidad o urgencia, son aquellos que regulan materias reservadas a las Leyes, ante la imposibilidad del Órgano Legislativo de hacerlo, y a la urgencia del Poder Ejecutivo de atender necesidades públicas.

Sentencia de 1 de diciembre de 2021. Demanda de Inconstitucionalidad Valle Luna Contractors, S.A. c artículo 26 del Decreto Ejecutivo 123 de 14 de agosto de 2009, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Texto del Fallo

Ahora bien, existe consenso unánime en la doctrina en el sentido que, para que pueda configurarse la Cosa Juzgada, es necesaria la convergencia de tres elementos, a saber: identidad de las partes (que sean los mismos sujetos), que la nueva pretensión verse sobre idéntico objeto y se funde en la misma causa.

Sentencia de 8 de noviembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción M.A.C.E. c Universidad de Panamá.

Texto del Fallo

En ese sentido, se ha reiterado que para acceder a las indemnizaciones por responsabilidad civil extracontractual, deben comprobarse los siguientes elementos: la conducta comisiva u omisiva ejecutada por el sujeto causante de la lesión patrimonial, el daño causado y la relación de causalidad o nexo causal entre el daño y la conducta lesiva del autor del hecho o acto jurídico.

Sentencia de 24 de noviembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Indemnización S.C.G. c Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.

Texto del Fallo