Como lo ha indicado la jurisprudencia de esta Corporación de Justicia, a las acciones de protección de derechos humanos que conlleven las afectaciones de derechos subjetivos, deberán de aplicárseles los mismos requisitos que las demandas de plena jurisdicción.

Lo anteriormente señalado, nos reenvía nuevamente a indicarle al accionante que era necesario en el presente caso, que en el supuesto que nos encontramos frente a una demanda  contenciosa administrativa de protección de derechos humanos, debían de cumplirse con los requisitos mismos requisitos de una acción de plena jurisdicción.

Auto de 15 de febrero de 2021. Comunidades Indígenas de Bribri c Autoridad Nacional de Administración de Tierras.

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Una de las funciones del Consejo Técnico de Salud, es la ejercer el control de los profesionales médicos y afines, así como aprobar la reglamentación  que fije los requisitos necesarios para otorgar idoneidades para el ejercicio de especialidades y subespecialidades que laboran en el sector gubernamental y privado, que brinda atención de salud al país.

Sentencia de 15 de septiembre de 2021. B.A.S.B. c Consejo Técnico de Salud del Ministerio de Salud.

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La Sala Tercera ha reiterado que los procesos por jurisdicción coactiva tienen  como finalidad la revisión de las actuaciones procesales del Juez Ejecutor y su conformidad a derecho, más no el de la otra autoridad administrativa.

Auto de 23 de junio de 2020. Itsu Panamá, S.A. c Caja de Seguro Social.

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A través de las demanda de nulidad se impugnan actos de carácter general, impersonal u objetivo. Así lo ha reconocido esta Sala en constantes pronunciamientos, en los cuales se ha puntualizado  que el objeto de la demanda de nulidad es impugnar la legalidad de un acto de carácter general, protegiendo dicha legalidad desde un punto de vista objetivo, en vías de preservar  el orden jurídico abstracto, pero desde una óptica subjetiva, en busca en busca del restablecimiento del derecho subjetivo lesionado.

Auto de 03 de septiembre de 2021. Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad Junta Agraria de Producción San Martín c Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

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El contrato-ley es una figura jurídica que está diseñada para promover la inversión privada, sea esta nacional o extranjera, utilizando como herramienta la asignación de garantías y seguridades jurídicas al inversor.

Sentencia de 03 de agosto de 2021. Demanda de Inconstitucionalidad contra artículos (cláusulas) del Contrato Ley 36-2017, de 07 de diciembre de 2016, aprobado por la Ley 28 de 25 de mayo de 2017.

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