ESTABILIDAD DEL SERVIDOR PÚBLICO Jurisprudencia

En ese marco conceptual, la Sala Tercera, a través de reiterada jurisprudencia, ha indicado que el derecho a la estabilidad del servidor público está comprendido como un principio básico inherente al funcionario investido por una carrera de la función pública, regulada por una ley formal de carrera, o adquirido a través de una ley especial que consagre los requisitos de ingreso y ascenso dentro del sistema, basado en el mérito y la competencia del recurso humano. Si no es así, la disposición del cargo público queda bajo la potestad discrecional de la Administración, y no está sujeto a un procedimiento administrativo sancionador.

Sentencia de 23 de octubre de 2025. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción DMCC c Ministerio de Seguridad Pública. 18592.

Texto del Fallo