De igual manera, los artículos 13 y 15 del texto normativo supra citado, indican respectivamente que el Superintendente será el representante legal de la Superintendencia y tendrá a su cargo la administración y el manejo de las gestiones diarias de ésta; y, que éste acatará y ejecutará los acuerdos y las resoluciones adoptadas por la Junta Directiva, y velará porque se cumplan las normas y políticas que se establezcan en materia bancaria.

Visto lo anterior, queda claro que la Superintendencia de Bancos de Panamá goza de plena potestad para investigar las operaciones bancarias que ejecuta Banco Lafise Panamá, S.A., y para sancionar a la actora por el incumplimiento de lo establecido en la ley que rige al sector bancario y sus normas reglamentarias; tal como lo hizo al expedir el acto impugnado.

Sentencia de 6 de marzo de 2024. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Banco Lafise Panamá c Superintendencia de Bancos de Panamá.

Texto del Fallo

La Superintendencia de Bancos de Panamá es la entidad reguladora y supervisora de los Bancos autorizados para operar en la República, cuyo objetivo primordial es velar por la solidez y eficiencia del sistema bancario en función de lo cual ejecuta inspecciones ordenadas por la Ley Bancaria, por la Junta Directiva y aquellas otras que considere necesarias o prudentes, siendo fundamental garantizar la aplicación de las normas de supervisión contenidas en el Manual Único de Supervisión basada en Riesgos (MUSBER), aprobado con la Resolución de Junta Directiva SB-JD-0032-2012 del 3 de julio de 2012, la que establece que producto de las inspecciones realizadas se remitirá a los Bancos un informe con los hallazgos, recomendados e incumplimientos determinados durante esta.

Sentencia de 19 de diciembre de 2022. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Capital Bank Inc. c Superintendencia de Bancos de Panamá.

Texto del Fallo