Los reglamentos de ejecución de las leyes; pero dicha potestad reglamentaria, posee una serie de límites que se derivan tanto del principio constitucional de la “Reserva de la Ley” como de propia de la naturaleza de los reglamentos.
También existen límites de la potestad reglamentaria que, tal como se ha señalado con anterioridad, pueden ser de carácter formal cuando atañen a la competencia para dictar el reglamento, y de carácter material, que hacen relación con la limitación de la potestad discrecional de reglamentar las leyes, que deben ejercerse en interés público y no con abuso o desviación de poder.
Esta última constituye la facultad que, a través de Decretos, emite el Tribunal Electoral para el mejor cumplimiento de la Ley Electoral.
Sentencia de 28 de diciembre de 2021. Demanda de Inconstitucionalidad para que se declare inconstitucional la Resolución de 20 de agosto de 2020, emitida por el Tribunal Electoral.
Texto del Fallo