Momento en que nace el derecho de una persona jubilada a gozar de la exoneración del tributo

 

A juicio de la Sala, este derecho para la demandante no surge cuando la Ley que lo crea fue promulgada en la Gaceta Oficial, como equivocadamente afirma su apoderado legal; y tampoco es correcta la tesis de la Administración y de la Procuraduría de la Administración que señalan como punto de partida para el reconocimiento de la exoneración tributaria, la fecha en que la demandante presentó la solicitud de exoneración.

Considera la Sala que debe estimarse como el punto de referencia correcto para la determinación del derecho de exoneración, que según la Ley pueda asistirle a la demandante, la fecha en que ésta adquirió la condición de jubilada o pensionada de la Caja de Seguro Social, o bien al ser persona de la tercera o cuarta edad, a tenor del artículo 1, numeral 17, que se estima violado. 

Sentencia de 4 de agosto de 2000. Caso: Josefa María Alvarado de Cedeño c/ Ministerio de Obras Públicas.

Texto de fallo

Indebida reposición de una pieza del expediente administrativo

 

Ante estas circunstancias, la Corte no puede menos que coincidir con las argumentaciones del recurrente, en el sentido de que el procedimiento de reposición no fue observado a cabalidad, puesto que no solo fueron omitidas diligencias importantes que hubiesen contribuido a establecer la autenticidad de la copia facilitada por la señora DE VARGAS, sino que además dicha copia no fue acusada ni tachada de falsa por parte de la Caja de  Seguro Social. Por tanto, lo procedente era reponer la Resolución 790-85 de manera íntegra, con base aquella copia, y sin alterar su contenido.

Sentencia de 22 de septiembre de 2000. Caso: Carmen Yolanda Jurado de Vargas c/ Caja de Seguro Social

Texto de fallo

No está facultada para negar la expedición de un pasaporte como sanción

 

En resumen, podemos señalar que la Dirección Nacional de Pasaportes está facultada por la Ley para anular el pasaporte obtenido por John Hunt Warner suplantando la identidad de su hermano,  tal como lo hizo; pero no está facultada para sancionarlo con la pérdida del derecho a que se le expida un nuevo pasaporte con sus datos personales, pena que solo puede ser impuesta por el juez de circuito competente de la jurisdicción ordinaria, si determina que se configuró el delito de usurpación de identidad y que corresponde la aplicación de las sanciones contenidas en el artículo 18 del Decreto de Gabinete N° 75 de 1971 o en el Código Penal Panameño.

Sentencia de 18 de septiembre de 2000. Caso: John Hunt Warner c/ Dirección Nacional de Pasaporte del Ministerio de Gobierno y Justicia

Texto de fallo

Se debe probar que esta condición es consecuencia de un padecimiento físico

 

Bajo estos términos, aterrizando en el caso que nos ocupa, observamos que la parte actora aporto al proceso una certificación medica de un galeno de la Caja de Seguro Social, en el que se indica que Víctor Raúl Solís padece de hipertensión arterial; sin embargo, nada dice respecto a si dicho padecimiento le produce algún grado de discapacidad para desempeñar las labores que venía ejecutando en la institución.

De manera que, en vista que el activador judicial no probo el grado de discapacidad laboral del señor Víctor Solís, como consecuencia de la hipertensión arterial que sufre, llevan a esta Superioridad a concluir que no ha quedado comprobado la violación de los artículos 3 y 4 de la Ley 59 de 2005, por parte del acto impugnado.

Sentencia de 7 de octubre de 2015. Caso: Víctor Raúl Solís c/ Tribunal Electoral.

Texto de fallo

Sólo la ley formal puede concederla

 

Esta Superioridad debe indicar al actor, en primer término, que tal como este Máximo Tribunal de Justicia ha reiterado en numerosas ocasiones, los Reglamentos Internos de Personal son normas reglamentarias con jerarquía normativa inferior a la ley, y que sólo una Ley Formal puede instituir un régimen de carrera administrativa o conceder estabilidad en el cargo a los servidores públicos. Si se aprecia el contexto del literal a) del artículo 22 pretranscrito, éste es claro al señalar que la estabilidad de los funcionarios depende de manera concreta del hecho de que “las leyes vigentes” así lo contemplen.

Sentencia de 4 de marzo de 1994. Caso: Roberto Mondragón c/ Caja de Seguro Social. Registro Judicial, marzo de 1994, p. 193.

Texto de fallo