En primer término, es importante señalar que, el refrendo es un Acto Administrativo de aprobación, realizado por la Contraloría General de la República, dentro del contexto de su rol de fiscalización de la Hacienda Pública, que tiene como objeto verificar la adecuación del acto a refrendar, con el ordenamiento jurídico vigente.

En ese sentido, el refrendo de la Entidad Fiscalizadora es necesario para que el Acto Administrativo de contratación o compra en firma pueda tener eficacia, o, en otras palabras, para que pueda ejecutarse. De esta forma, los Actos Administrativo que requieren el refrendo, no surgen a la vida jurídica, es decir, no producen efectos ni obligaciones que le son propios, hasta tanto no hayan sido refrendados por la Contraloría General de la República.

Sentencia de 22 de mayo de 2024. Viabilidad Jurídica de Refrendo Contraloría General de la República c Instituto Panameño de Deportes.

Texto del Fallo

En el presente proceso no se observa que haya intervenido la Contraloría General de la República negando el pago de determinadas sumas de dinero, sino que el accionante busca determinar si producto de un acto de contratación pública una empresa privada está obligada a no pagar impuestos municipales en concepto de actividades lucrativas, lo que no se compagina con la figura de la solicitud de viabilidad jurídica.

Como quiera que dentro de la solicitud de pronunciamiento de viabilidad jurídica debe intervenir la Contraloría General de la República por no acceder al pago de determinadas sumas de dinero que reclama una entidad pública que se solicitan ser canceladas, es evidente que el presente proceso no puede ser tramitado por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ya que el mismo no tiene la connotación de una solicitud de pronunciamiento de viabilidad jurídica, ya que no existe de por medio la improbación de órdenes de pago contra el tesoro nacional.

Auto de 31 de julio de 2023. Viabilidad Jurídica A.F.Q. c aplicación de la Ley 37 de 9 de junio de 2009.

Texto del Fallo

Los Contratos Públicos constituyen actos administrativos complejos, que deben contar con las autorizaciones necesarias para surgir a la vida jurídica, pues no sólo requieren el consentimiento y la firma de las partes, como ocurre en los contratos civiles, sino que por mandato expreso de la Ley, necesitan el Refrendo de la Contraloría General de la República, para considerarse perfeccionados y puedan generar derechos y obligaciones para las partes.

Sentencia de 28 de septiembre de 2022. Solicitud de Viabilidad Jurídica Contraloría General de la República c Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología.

Texto del Fallo

Es importante aclarar que el refrendo es un acto administrativo de aprobación, realizado por el Contralor General dentro del contexto de su rol fiscalizador de la hacienda pública, que tiene como objeto verificar la adecuación del acto a refrendar, con el ordenamiento jurídico vigente. De la misma forma, la normativa vigente ha dispuesto que el refrendo del Contralor es un requisito necesario para que el acto administrativo en firme que lo requiera, pueda tener eficacia o en otras palabras para que pueda ejecutarse. Por consiguiente, los actos administrativos que requieran el refrendo, no surgen a la vida jurídica, es decir, no producen efectos ni obligaciones que le son propios, hasta tanto no hayan sido refrendados por la Contraloría General de la República.

Sentencia de 22 de agosto de 2022. Solicitud de Viabilidad Jurídica Contraloría General de la República c Patronato de la Cinta Costera.

Texto del Fallo

La solicitud de viabilidad jurídica es un mecanismo exclusivo para que la Contraloría General de la República someta a criterio de la Sala Tercera, si es dable el refrendo sobre alguna orden de pago o acto administrativo que afecte un patrimonio público.

Sentencia de 22 de agosto de 2022. Solicitud de Viabilidad Jurídica Contraloría General de la República c Patronato de la Cinta Costera.

Texto del Fallo