Organismo de control patrimonial
En relación a los hechos es importante mencionar que el organismo de control del Patrimonio Público es la Contraloría General de la República que debe fiscalizar, regular y controlar todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección y según lo establecido en la ley. Complementariamente, debe realizar inspecciones e investigaciones tendientes a determinar la corrección de las operaciones que afecten el patrimonio público y, en su caso presentar las denuncias respectivas. Igualmente debe examinar, intervenir las cuentas de los servidores públicos, entidades o personas que administren, manejen o custodien fondos u otros bienes públicos. Finalmente debe presentar para su juzgamiento, a través del Tribunal de Cuentas, las cuentas de los agentes y servidores públicos de manejo cuando surjan reparos por razón de supuestas irregularidades.
Sentencia de 24 de junio de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Leonor Cuevas de Beliz contra Resolución N° 2467-2012 S.D.G. de 26 de octubre de 3012, emitida por la Caja de Seguro Social.