Presunción de Legalidad
El autor Rodríguez Santos expresa que la presunción de legalidad consiste en que los actos administrativos deben ser obedecidos, tanto por las autoridades como por los particulares, desde el momento en que comienza su vigencia y mientras no hayan sido anulados o suspendidos por la jurisdicción en (sic) lo contencioso administrativo. Quiere decir lo anterior que, el acto administrativo puede ser expedido viciado por alguna de las causales de nulidad pero se presume legal y conserva su vigencia hasta que no sea declarado nulo por la jurisdicción contencioso administrativa. (Rodriguez Santos, Carlos Manuel. Manual de Derecho Administrativo. Ediciones Librería del Profesional. Santa Fe de Bogotá. 1996. pág. 53).
Auto de 16 de mayo de 2016. Proceso: Plena Jurisdicción. Caso: Roger Barría c/ Junta Directiva Superior del Servicio de Protección Institucional. Acto impugnado: Resolución n° 171 de 28 de julio de 2014. Magistrado sustanciador: Abel Zamorano