Todo el espacio geográfico comprendido entre las fronteras marítimas, terrestres y áreas del país, excepto aquellos espacios o zonas segregadas por especial mención de la Ley.
Artículo 2, Ley 30 de 8 de noviembre de 1984
Constituye el territorio nacional y comprende el espacio geográfico del Estado comprendido entre sus fronteras, incluyendo las áreas terrestres y acuáticas dentro de las cuales la autoridad aduanera ejerce su total competencia en ejercicio de sus atribuciones.