Beneficio concedido a una persona para litigar como pobre, por insuficiencia de recursos económicos; de allí que se le exima del pago de honorarios de abogado o abogada y gastos de tramitación en general, dentro del procedimiento gubernativo. Dicho amparo, patrocinio o asesoramiento gratuito ha de otorgarse a quien cumpla con los requisitos establecidos en el Libro Segundo del Código Judicial.