Sus dignatarios poseen un patrimonio distinto al de la sociedad

 

No puede comprometerse el patrimonio del Representante Legal para cumplir con la obligación que se le imputa a la sociedad, ya que como hemos señalado los bienes que éste posee conforman un patrimonio autónomo, separado e independiente del patrimonio de la empresa. La actuación del Representante Legal es por cuenta de la sociedad a la que representa, no en nombre propio.

Auto de 13 de septiembre de 2001. Caso: Caja de Seguro Social c/ Vidal Aráuz Rivera.

Texto de fallo

Responde personalmente el director por el buen manejo de la contabilidad

 

La norma transcrita aplicada al presente caso desvirtúa tajantemente los pueriles cargos defensivos que se invocan contra la sanción impuesta por la Comisión Nacional de Valores, ya que nada importa si el director De La Guardia no confeccionó o participó en la elaboración de los Estados Financieros de la empresa FINANCIERA EL ROBLE, S.A., pues, él por su sola condición de director tiene responsabilidades personales por el buen manejo de la contabilidad y el cumplimiento de la Ley. Está demostrado en el expediente que los Estados Financieros contenían información falsa respecto a una presunta cuenta por cobrar a INTERNATIONAL DEPARTAMENT STORE INC., que ésta última ha certificado que no existía, situación que evidencia sin ningún género de dudas un manejo completamente irregular de los registros contables que comprometían personalmente a los directores de FINANCIERA EL ROBLE, S.A. y ENAFIN INTERNACIONAL, S.A. a tenor de lo que estatuye el artículo 444 del Código de Comercio.

Sentencia de 30 de enero de 2009. Caso: Aquilino De la Guardia Romero vs. Comisión Nacional de Valores.

Texto de fallo