Contenido de la Motivación

La motivación no puede tener el mismo contenido y extensión respecto de todo tipo de catos. El aspecto casuístico del contenido de la motivación es, entonces, inevitable, pues cada decisión administrativa es única y diferente a las otras- salvo que nos encontremos en los casos de los actos en masa. El contenido de la motivación (más bien el contenido de la resolución administrativa) debe siempre adecuarse a las peculiaridades del caso, según una racional ponderación de los hechos, por lo que su extensión y suficiencia varían dependiendo de la situación concreta.

Sentencia de 22 de enero de 2019. Proceso demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste, S.A. contra Resolución AN N° 11386-Elec de 2017, proferida por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos.

Texto del Fallo

Cuestión Accesoria de la Sentencia Principal

Por su parte, esta Corporación de Justicia, por medio de la vía jurisprudencia, ha señalado en cuanto al desacato que el mismo “constituye una cuestión accesoria de la sentencia principal a la que se le atribuye los efectos de ejecutoriada, ya que su propósito es imponer medidas para el cumplimiento de ésta y asegurar su eficacia, y en tanto, la parte considere que no se ha cumplido la orden, podrá solicitar que se declare el desacato.” (Resolución de 28 de diciembre de 2009).

Sentencia de 6 de febrero de 2019. Proceso Querella por Desacato. Partes Ulises Antonio González Sevillano, para que se declare en desacato al Administrador General de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario.

Texto del Fallo

Actuaciones Administrativas

Bajo este marco doctrinal y jurídico, esta Sala debe concluir que la Administración Pública está sometida a la ley y al resto del ordenamiento jurídico, por lo que con fundamento al principio de legalidad que rige a las actuaciones administrativas de las entidades públicas, se impone que ninguna actuación administrativa puede quedar al margen del derecho, sino que, precisamente, debe estar dentro de él y de acuerdo con él.

Sentencia de 6 de febrero de 2019. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad. Partes: Anubis Ramos García contra el artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 45 de 2010, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Texto del Fallo

Desvinculación

En consecuencia, cuando un funcionario adquiere la categoría de ser una servidor público de libre nombramiento y remoción, no es obligación por parte de la Administración Pública al momento de su desvinculación que deba realizársele un procedimiento administrativo sancionador o que se invoque necesariamente una causal disciplinaria o justificada para su correspondiente destitución, porque la entidad pública así como contrató al personal, igualmente puede desvincularse o dar por concluida la relación laboral, en virtud de una facultad o potestad discrecional que tiene de contratar o no a sus funcionarios y personal de confianza, siendo esta una de las potestades exorbitantes con las que cuenta el Estado. Únicamente basta con que el servidor público afectado se le notifique de la resolución que le afecta y se le brinde la oportunidad de poder ejercer su debido proceso de defensa, a través de los correspondientes medios de impugnación.

Sentencia de 15 de enero de 2019. Proceso: Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción. Partes: Zelineth Aguilar Vallester contra Decreto Gerencial N° 36-2017 de 2017, emitido por la Caja de Ahorros.

Texto del Fallo

Copia Autenticada del Acto Impugnado

Nuestra legislación contencioso-administrativa establece como requisito indispensable para acudir ante esta Sala que la demanda se presente conjuntamente con una copia autenticada del acto impugnado, en la cual sea visible la notificación de dicho acto. Dicha copia, al igual que todos aquellos documentos que se incorporen al proceso deben estar autenticados para que tengan valor probatorio de acuerdo con los artículos 44 de la Ley Contenciosa y, 833 del Código Judicial.

Auto de 28 de febrero de 2019. Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador de la Administración contra el Autor de 27 de octubre de 2017 que admite la Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción Damaris Isabel Flores Castillo contra Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Texto del Fallo