Elementos

En materia de suspensión provisional, dentro de las demandas contencioso administrativa de plena jurisdicción, la Sala Tercera ha manifestado que, para accederse a la misma, deben concurrir ciertos elementos, tales como la aportación de pruebas que demuestran lo apremiante de su adopción.

Auto de 26 de diciembre de 2019. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción presentada por Visión Global, S.A. contra el punto 3 de la primera declaración de la Resolución AN N° 13431-RTV de 21 de junio de 2019, emitida por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos.

Texto del Fallo

Alcances

Por último, en lo que se refiere a la indemnización por daños y perjuicios solicitada por IMPORTS DOS REIS, S.A., esta Magistratura concluye que dicha pretensión es inadmisible, porque la declaración  que se efectúa en una demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción gira en torno al restablecimiento o no del derecho subjetivo que se estima conculcado por el acto administrativo impugnado, siendo que es improcedente el reconocimiento de una indemnización por daños y perjuicios, cuyo reconocimiento corresponde a otro tipo de demanda.

Auto de 9 de julio de 2020. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción presentada por IMPORTS DOS REIS, S.A. contra Resolución N° 1668 de 24 de octubre de 2017, dictada por el Instituto Oncológico Nacional.

Texto del Fallo

Agotamiento de la vía gubernativa

No obstante, hay que aclarar que aunque ha operado el silencio administrativo de la Administración Pública, eso no significa que la solicitud formulada el 17 de marzo de 2015 debe ser reconocida por la Sala de manera automática; puesto que, esta figura jurídica  contemplada en el artículo en el artículo 200 de la Ley 38 de 2000, únicamente tiene por finalidad permitir el agotamiento de la vía gubernativa ante el silencio de la administración, y una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos que dispone la Ley 135 de 1943 para esos efectos , pueda acceder a la jurisdicción Contencioso Administrativa en el término previsto en la Ley.

Sentencia de 9 de julio de 2020. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción presentada por Bella Edilma Pinilla de Conte contra el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos.

Texto del Fallo

Definición

En razón de lo anteriormente expuesto, consideramos que en este caso se produce el fenómeno  conocido como sustracción de materia que la doctrina ha definido como un medio anormal de extinción del proceso, constituido por circunstancias en que la materia justiciable sujeta a decisión deja de existir, por razones extrañas a la voluntad de las partes; no pudiendo el Tribunal emitir un pronunciamiento de mérito (acogiendo o desestimando) sobre la pretensión, no habiendo vencedor ni vencido.

Sentencia de 25 de junio de 2020. Proceso Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción presentada por la señora Kenia Mayrin Palacio Martínez contra la negativa tácita por silencio administrativo en que incurrió el Ministerio de la Presidencia.

Texto del Fallo

En qué consiste

Entonces, la sana crítica es un instrumento que se utiliza para la valoración de las pruebas en las únicas circunstancias en que se encuentra en condiciones de hacerlo, esto es, cuando la legislación no lo sujeta a un criterio predeterminado. El principio exige que el juez motive su decisión…

Sentencia de 28 de febrero de 2020. Proceso Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción interpuesta por el Banco Nacional de Panamá contra la Resolución A-DPC-4889-18 de 14 de noviembre de 2018, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.

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