Tercero

« Back to Glossary Index

Persona natural o jurídica distinta a las partes originarias que se incorpora al procedimiento, con el fin de hacer valer derechos o intereses propios, vinculados al proceso o al objeto de la pretensión o petición.

Artículo 201, Ley 38 del 31 de julio de 2000
Retornar al índice