Acto dentro de un proceso de selección de contratista
La acción de reclamo sería considerado como un acto preparatorio, es decir, un acto dentro del proceso de selección previo a que se concrete determinado acto público, por lo que no va direccionado a un acto definitivo, pues en este caso el acto definitivo sería la adjudicación y no la acción de reclamo que es un procedimiento administrativo que conlleva a la decisión final del proceso.
Auto de 29 de abril de 2016. Caso: Alexis R. Zuleta –vs- Dirección General de Contrataciones Públicas.