INDEMNIZACIÓN

Gastos incurridos de buena fe en la etapa pre contractual

 

La empresa por su parte, insiste en haber desplegado de buena fe, una serie de actividades de orden administrativo y financiero para lograr y cumplir la contratación; todo sobre la base de que, conforme se ha reseñado en el párrafo anterior, la Administración había dado pasos concretos hacia el perfeccionamiento del contrato, quedando sólo pendiente el refrendo de la Contraloría General de la República. Las razones por las que el contrato no fue refrendado por la Contraloría General escapan al conocimiento de la Corte, pues no se encuentra claramente dilucidado si el refrendo fue negado por el Contralor General, o si el contrato no fue enviado a la entidad fiscalizadora para recibir el refrendo.

Sin embargo, en aplicación del principio de buena fe que orienta las actuaciones de la contratación pública, esta Superioridad debe reconocer a la empresa SUMINISTRO LOS ANDES el derecho que le asiste en este caso, a recibir una compensación indemnizatoria del Estado, por los gastos en que de buena fe hubiese incurrido durante la etapa precontractual para cumplir con el compromiso suscrito con la Autoridad Marítima de Panamá.

Sentencia de 21 de mayo de 2003. Caso: Suministros Los Andes, S.A. c/ Autoridad Marítima de Panamá.

Texto del fallo