ACTO PREPARATORIO

No tiene tal carácter la resolución que convoca a una nueva licitación

 

Esta resolución al proceder a convocar a una nueva licitación, causó estado para los intervinientes en la Licitación N.° 3-91, para quienes la misma devino desierta, y este acto administrativo tiene valor ejecutorio, por lo que no puede considerarse como preparatorio o de trámite, dado que la determinación que en él se adopta, no hace tránsito a la adopción de una decisión, sino que de hecho asume una resolución poniendo fin a la Licitación N°. 3-91. La empresa EUROPEAN INTERCONTINENTAL ENTERPRISES, S.A., como participante de la misma, se considera afectada de manera directa por tal decisión, que hubiese quedado en firme de no ser por la impugnación de la resolución de la Junta de Control de Juegos ante la instancia Contencioso Administrativa.

Auto de 5 de noviembre de 1993. Caso: European Intercontinental Enterprises, S.A. c/ Junta de Control de Juegos.

Texto de Fallo