CERTIFICACIÓN EMITIDA POR SENADIS Fuero de discapacidad

La Sala de igual forma, considera importante destacar lo expresado por el Director Encargado de la Secretaría Nacional de Discapacidad, en su Nota No. 555-DG-DNC-SENADIS-2025 de 1 de julio de 2025, en la que señala que expresa que la Certificación emitida por (SENADIS), es un acto administrativo voluntario que permite a las personas con discapacidad acceder a los beneficios económicos, previstos en la Ley No. 124 de 31 de diciembre de 2013. Y agrega que “La certificación no se considera un diagnóstico, sino, (sic) como una evaluación de discapacidad basada en los diagnósticos médicos emitidos por profesionales de la salud calificados. Por tanto, debemos señalar que la (sic) (SENADIS), diagnóstica (sic) una condición de discapacidad, es el médico idóneo que tiene esta facultad y lo certifica mediante un diagnóstico”.

Sentencia de 30 de diciembre de 2025. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción YIPCH c Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI).

Texto del Fallo