Así tenemos que, de conformidad a la normativa antes expresada, para que una persona obtenga el reconocimiento víctima con afectación en su salud, por el consumo del tóxico dietilenglicol, deberá presentar la certificación, mediante la cual se acreditará que utilizó o ingirió algún producto con esa sustancia, elaborada en el laboratorio de la Caja de Seguro Social, durante los años 2004 a 2006. (Criterio 1, que es el obligatorio); y, además de ello, cumplir también con alguno de los criterios médicos restantes, dispuestos por la Comisión interinstitucional (mencionados previamente en esta resolución), es decir del Criterio No. 2 al Criterio No. 5. Y es que la importancia del cumplimiento de tales condiciones es necesaria con el fin de confirmar que la persona en efecto ingirió o bien usó el tóxico dietilenglicol y, en consecuencia, ha sufrido perjuicio en su salud y solo así, poder otorgarle la pensión vitalicia que dispone la ley.
Del mismo modo, contempla cumplir con uno de los criterios establecidos por la Comisión Interinstitucional para ser acreditadas como afectadas por deberá ser reevaluados anualmente y hasta por un término de cinco (5) años. contados a partir de la presentación de la respectiva solicitud y durante este periodo se les aplicarán las pruebas clínicas y laboratorios, de toxicología e histopatología que la ciencia y la técnica demuestren ser más efectivas a los propósitos del diagnóstico, con el objeto de verificar si su condición ha variado y cumplir así, por lo menos, con uno de los criterios establecidos por la Comisión Interinstitucional; y una vez siendo reconocida dicha condición, se le podrán reconocer los derechos que dispone la Ley.
De igual forma, establece esta norma, que para agilizar el proceso el reconocimiento del carácter de víctima, todas las personas que hayan interpuesto denuncias ante el Ministerio Público deberán, en un término no mayor de ciento veinte días (120), contado a partir de la finalización de las emisiones de criterio médico-legal por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, presentarse para realizarse y entregar los resultados de sus exámenes al Centro Especial de Toxicología, a fin de que este pueda remitir estos resultados a la comisión Médica Evaluadora conformada por el Ministerio de Salud y que estos puedan continuar con su función de certificar quiénes reúnen los requisitos para ser reconocidos víctimas afectadas a su salud por dietilenglicol para efectos de la pensión vitalicia especial.
Sentencia de 30 de septiembre de 2025. Demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción MESR c Ministerio de Salud. 18536.
