FUERO POR DISCAPACIDAD Condición de salud

A fin de tener un mayor entendimiento de la condición de salud mental de la joven S.N.V.R., nos permitimos exponer algunas consideraciones relativas al trastorno de la bipolaridad.

Sobre este punto, esta Judicatura debe recalcar que quien padece este tipo de enfermedad mental requerirá estar bajo tratamiento médico de por vida para mitigar la aparición o evolución de síntomas, aspecto crucial para garantizarle al individuo una calidad de vida lo más habitual posible, por lo que es deber del Estado proveerle un cuidado vigilado de su condición médica y consecuentemente integrarse y convivir en sociedad en igualdad de condiciones y calidad de vida, para lo cual requiere de tratamientos y gastos económicos que pueden ser sufragados a través del trabajo que venía desempeñando como servidora pública.

Sentencia de 19 de junio de 2024. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción S.N.V.R. c Autoridad Marítima de Panamá.

Texto del Fallo