Como quiera que dentro del proceso no se ha acreditado que el demandante hubiese adquirido la certificación o condición de servidor de carrera administrativa, era potestativo o facultativo del Ministerio de Comercio e Industrias, desvincular al servidor público, sujeto al sistema de libre nombramiento y remoción.
Cabe destacar que, para los servidores públicos adscritos a este régimen de contratación, no es necesario acreditar la existencia de una falta administrativa para proceder a su respectiva desvinculación o separación de la función pública, además de no contar con la correspondiente estabilidad en su cargo. La permanencia en este tipo de casos está sujeta a la facultad discrecional de la autoridad nominadora y la pérdida de confianza.
Sentencia de 11 de enero de 2024. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción M.C. c Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.